Permisos para Espectáculos y Eventos Masivos
Todo espectáculo y/o diversión pública que se lleve a cabo en un predio no habilitado a tal fin, debe tramitar un permiso especial, según la Resolución N° 461/AGC/2010
La solicitud se inicia presentando el Proyecto de permiso ante la Dirección General de Habilitaciónes y Permisos.
Una vez que se verifica que el lugar cumple con las condiciones de seguridad que dispone la normativa vigente, la DGHyP le otorga el permiso solicitado. La obtención del permiso especial confiere al solicitante la legitimación de su actividad y su correspondiente identificación en el registro de actividades seguras realizadas en la Ciudad, según sea:
- Espectáculo Público: todo acto, reunión o evento de carácter artístico, musical, festivo, político, religioso o de otra índole, capaz de producir una amplia concentración de asistentes, que se ofrezca en estadios, clubes, espacios del dominio público o privado no habilitados específicamente para tal fin, así como para la realización de actividad de música en vivo en locales de baile. El público concurrente participa como mero espectador.
- Diversión Pública: todo acto, reunión o evento de carácter artístico, musical, festivo o de otra índole, capaz de producir una amplia concentración de asistentes, que se ofrezca en estadios, clubes, espacios del dominio público o privado no habilitados específicamente para tal fin, dedicada principalmente al recreo y al esparcimiento. El público concurrente no es un mero espectador sino que participa del entretenimiento ofrecido y/o actividad que se desarrolla.
Losespectáculos y eventos masivos son supervisados atentamente por la Agencia Gubernamental de Control a través de las inspecciones de la DGFyC.
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