Dirección General: DGCFE
Nombre del Trámite: audiencia ante la unidad administrativa de atención de faltas especiales para resolver sobre infracciones.
1. En qué consiste?
- Este trámite consiste en el ejercicio del derecho de discutir ante la Unidad Administrativa de Atención de Faltas Especiales (UAAFE) la validez de las infracciones contempladas en el Régimen de Faltas de la Ciudad, exceptuando las referidas al tránsito. El Agente Administrativo de Faltas celebra una audiencia a efectos de recibir el descargo del presunto infractor, en forma oral o escrita, además de la prueba o documentación que aporte.
2. Para quién es?
- Para aquellos infractores que:
Deban resolver actas de infracción que NO gocen del
beneficio de Pago Voluntario.
Teniendo actas de infracción con Pago Voluntario quieran renunciar a este beneficio y ejercer su derecho de discutirlas con un Agente Administrativo de Atención de Faltas Especiales.
3. Qué documentación se debe presentar?
- DNI original y copia
Cedula de Notificación original y copia
4. Cómo se hace?
- Para poder fijar fecha de audiencia deberá solicitar turno previamente, con el N° DE NOTIFICACION que figura en el margen superior izquierdo del acta de infracción llamando del 0800-999-2727, o a través de la web ingresando a www.agc.buenosaires.gob.ar
Recuerde que podrá solicitarse turno hasta 48 hs antes del vencimiento del plazo establecido en la notificación.
Para solicitar turno deberá contar con la notificación remitida por la DGCFE. (Si aún no fue notificado, puede presentarse en forma espontánea dentro del horario de Atención Al Público -de 08.30 a 13.30 hs y 14:00 a 19 hs).
5. Cuanto Cuesta?
- La presentación de la audiencia es gratuita. Y una vez que se resuelva sobre la infracción, deberá realizarse el pago correspondiente de acuerdo al dictamen de la UAAFE en cualquier BANCO CIUDAD y acreditar la realización del mismo, presentando ante la UAAFE el comprobante de pago en original y copia.
6. Quién puede efectuarlo?
- Para resolver Actas de Comprobación a Personas Físicas:
El titular o apoderado con poder emitido ante escribano público o copia autenticada del mismo, quien debe acreditar la relación jurídica con el inmueble.
Para resolver Actas de Comprobación a Personas Jurídicas:
El titular o apoderado con poder emitido ante escribano público o copia autenticada del mismo, quien debe acreditar la personería jurídica que la sociedad le confiere.
7. Dónde y en qué horarios se puede realizar?
- El trámite se realiza en la Dirección General de Control de Faltas Especiales (DGCFE), sita en Tte. Gral. J. D. Perón 2941, de Lunes a Viernes de 08.30 a 13.30 hs y 14:00 a 19:00 hs.
8. Tiempo desde la solicitud hasta la entrega ?
- Período de demora desde la presentación de la documentación hasta la finalización y obtención de lo gestionado.
9. A qué dirección corresponde ?
- Dirección General de Control de Faltas Especiales
Dirección:
Tte. Gral. J. D. Perón 2941
Horarios de atención:
Lunes a viernes de 8.30 a 13.30 hs y 14:00 a 19:00 hs.
Tel.: 0800-999-2727
E-mail: deptoatencionpublico_dgcfe@buenosaires.gov.ar
Subportal: http://www.agc.buenosaires.gob.ar/areas/agc/faltas/
10. Trámites relacionados
11. Ampliación de Información, seguimiento y reclamo
- ¿Qué otro dato se debe tener en cuenta?
La UAAFE atiende actas labradas por los organismos:
Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público (DGOEP)
Dirección General de Inspección de Higiene Urbana (DGIHU)
Dirección General de Limpieza (DGLIM)
Dirección General de Ferias y Mercados (DGFYME)
Dirección General de Control (DGCONT)
Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria (DGHYSA),
Dirección General de Fiscalización y Control de Obras (DGFYCO),
Dirección General de Fiscalización y Control (DGFYC)
Policía Federal con intervención del Ministerio Público Fiscal
El uso del beneficio de PAGO VOLUNTARIO cuando correspondiere, le permitirá resolver la infracción pagando el 75% del monto mínimo previsto para la misma.
Una vez determinada la falta deberá manifestar dentro del quinto día de notificado si consiente la decisión administrativa. El silencio del mismo implicará la aceptación de dicha determinación. Vencido el plazo el Agente Administrativo ejecutará la sanción impuesta. En caso del no consentimiento, tiene derecho a solicitar el pase de las actuaciones para su juzgamiento ante la Justicia Contravencional y de Faltas dentro del plazo anteriormente mencionado.
Para acreditar la realización del pago deberá presentarse ante la UAAFE el comprobante en ORIGINAL Y COPIA.
Si Ud. no acredita el pago o bien no se presenta en audiencia, será intimado a presentarse en un plazo de 10 días, luego de lo cual en caso de no comparecer, la UAAFE resolverá sobre la falta en ausencia.
Aquellos casos que gozan del beneficio de PAGO VOLUNTARIO y solicitan audiencia ante la UAAFE pierden automáticamente este beneficio.
Nombre del referente:
Dirección general: Dirección General de Control de Faltas Especiales
Dirección: Tte. Gral. J. D. Perón 2941
Web: www.agcontrol.gob.ar
Correo electrónico: info.agcontrol@buenosaires.gov.ar
Teléfono: 147